6 de abril de 2014

Corte niega a periodista ver actas del Tratado Minero entre Chile - Argentina

Solicitó ver las actas de la Comisión Administrativa del Tratado sobre Integración y Complementación Minera entre Chile y Argentina desde el año 2000 en adelante, que incluyen el tema de Pascua Lama.

Pascua Lama en Chile, tratado minero con Argentina, imagen de las instalaciones de la minera. (Flickr.com)



La Corte Suprema de Chile negó al periodista de la revista "Que Pasa" Andrés Pozo Barceló ver las actas de las reuniones que abarcan el Tratado Minero entre Chile y Argentina en relación a la minera binacional Pascua Lama de Barrick Gold.

Un reporte del medio local Bío Bío del 4 de abril indica que la Corte Suprema rechazó el recurso de queja que el periodista había presentado ante la Corte de Apelaciones de Santiago, sustentado por ley de Transparencia.

Andrés Pozo solicitó ver el tratado de la Comisión Administrativa del Tratado sobre Integración y Complementación Minera entre Chile y Argentina desde el año 2000 en adelante y con el recurso estaba reclamando la decisión de dicha Comisión que le negó esta información.

La causa de la negativa fue que la entrega de dichas actas afectaría el interés de Chile y los derechos de un tercero, el Estado Argentino, informa Bío Bío.

“Al fallar los jueces del grado como lo hicieron, acogiendo la reclamación de ilegalidad interpuesta por la Subsecretaría de Minería en contra del Consejo

para la Transparencia para negar, en definitiva, acceso a la información pedida a su respecto, no han incurrido en falta o abuso grave, por lo que el recurso en examen será desestimado”, declaró el fallo, según el medio chileno.

Se estima que en las reuniones realizadas en 2012 emanaron actas y resoluciones del Grupo de Trabajo sobre el tema de Pascua Lama.

En relación al Tratado Minero entre Chile y Argentina firmado previamente en 1997 se critica que "el marco legal que habilita proyectos como “Pascua Lama”, de Barrick Gold, en un verdadero “tercer país” en beneficio para las empresas en nuestra cordillera", según Recursos Naturales.

Sobre el Tratado existe un cuestionamiento previo por el abogado Juan Guzmán Tapia, ex Magistrado de la Corte de Apelaciones de Santiago, quien escribió lo que llamó “el lado oscuro del Tratado Minero Chileno-Argentino”, y aseguró que se crea una zona virtual entre Chile y Argentina que sería un peligro para la soberanía, una inmunidad a las leyes ambientales del país y una inconstitucionalidad.

Debate sobre Pascua Lama

El mismo 4 de abril se inició un debate en la Cámara de Chile donde la Comisión que investiga la situación de la Minera Pascua Lama presentó su reporte y algunas propuestas de nuevas leyes.

El proyecto minero fue paralizado en abril de 2013 por faltas consideradas por la Cámara como “gravísimas” y reiteradas, hasta que la empresa no instale las obras asociadas al sistema de manejo de aguas que debían estar implementadas en forma previa a las faenas de excavación. Abogados de las comunidades Diaguitas existentes en la zona demandaron a Barrick por esta razón y pidieron la revocación del permiso ambiental.

Las sanciones emitidas que destacó la Cámara de Diputados en su informe son “las emisiones de material particulado, lo que pudiera provocar un efecto directo en los glaciares”, “incumplimiento de medidas de mitigación y control del material particulado con potencial de afectar glaciares”, “incumplimiento del plan de monitoreo de los glaciares” y “puntos de captación de agua fresca no concordantes con los declarados”.

A su vez están las demandas de los pobladores que denuncian sequía y contaminación de las aguas que usan para beber.

Aún así en marzo de 2014 el Tribunal Ambiental de Chile ordenó rehacer el proceso sancionatorio de 2013 manteniendo la paralización de la obras pero anulando la multa de 16,5 millones de dólares aplicada por el ente regulador contra Barrick Gold en febrero 2013.

“La SMA incurrió en ilegalidad al sancionar los trece incumplimientos (...) como una sola infracción y considerar el número de incumplimientos como agravantes, por lo que deberá, al dictar la nueva resolución, proceder a sancionar cada uno de los incumplimientos en forma independiente", estableció la sentencia, según Terra.

El fallo ordenó dejar sin efecto parcialmente ésta resolución pero mantuvo la vigencia de las restantes medidas "urgentes" y "transitorias" decretadas en ella", lo que significó paralizar el proyecto.



Por Anastasia Gubin - La Gran Época


http://www.lagranepoca.com/31440-corte-niega-periodista-ver-actas-del-tratado-minero-entre-chile-argentina

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