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Indígenas mapuches manifestándose en Santiago de Chile, febrero de 2014. (MARTIN BERNETTI/AFP/Getty Images) |
“Desde la primera ocupación del territorio mapuche a finales del siglo 19, el Estado de Chile ha invadido progresivamente en las tierras ancestrales mapuche. Esta invasión continuó sin disminuir en gran medida a través de la venta de las tierras ancestrales a los intereses comerciales, a menudo por debajo de su valor total”, comenzó describiendo el Relator Especial de la Naciones Unidas, Ben Emmerson en un informe emitido el 10 de marzo de 2014 en que analizó la Ley Antiterrorista que está aplicando el Gobierno de Chile contra su pueblo originario. (Informe)
Una de las conclusiones de Emmerson es que “el uso de la legislación antiterrorista en contra de los reclamantes de tierras mapuche es parte del problema, y no parte de la solución. Se ha convertido en contraproducente para una solución pacífica de la cuestión mapuche y debe cesar”; además califica que “esta legislación aún no está en conformidad con las normas internacionales de derechos humanos y una serie de inconsistencias existen entre la ley y la garantía de respeto al principio de legalidad y el derecho al debido proceso”.
El relator criticó que el “Estado (de Chile) ha rechazado hasta ahora” la propuesta emitida en el documento Comisión de Verdad Histórica y Nuevo
Trato con los Pueblos Indígenas emitidos en octubre de 2008, que recomienda “la expropiación de tierras mapuche de la comunidad de colonos (con compensación) y su repatriación a los mapuches”, a su vez agregó que algunas tierras asignadas tardarían muchos años en ser regresadas a sus dueños originarios.
Para explicar las conclusiones, Emmerson analizó que las comunidades rurales mapuches sobrevivientes fueron “impulsadas a ocupar partes de tierra relativamente improductiva en áreas a menudo aisladas de las regiones de la Araucanía y Biobío”. Este hecho originó que sus comunidades empobrecidas estén “rodeadas por la agricultura comercial, la tala y otras actividades económicas, las cuales consideran como la explotación de los recursos naturales de sus tierras”, relató Emmerson.
“Es una fuente de gran resentimiento entre los mapuches que estas actividades se llevan a cabo en su territorio ancestral, a la vista de las comunidades que han sido desposeídas. El Relator Especial ha visitado algunas de estas comunidades y visto por sí mismo las condiciones de pobreza de la vida en la que muchos de los mapuche rurales se ven obligados a vivir”, explicó el relator de ONU.
En cuanto a la aplicación de una ley antiterrorista el informe destaca que “los Estados deben abordar no sólo las manifestaciones de la violencia social y política, sino también sus causas profundas. Todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, entre ellos Chile, han llegado a un consenso en el sentido de que las condiciones que propician la propagación de la violencia de motivación política y el extremismo son de larga duración disputas regionales, como disputas por la tierra, el mal gobierno, violaciones de los derechos humanos, la discriminación jurídica, así como la exclusión política, económica y educativa”, dijo Emmerson.
Emmerson relató que la legislación chilena tiene el punto de vista de que "la ley antiterrorista debe ser fortalecida y más frecuentemente aplicada", y el punto de vista opuesto es que la legislación antiterrorista no tiene ningún papel que desempeñar en absoluto en relación con la cuestión Mapuche, “que las protestas mapuches no han tomado la forma de terrorismo reconocible; que el uso de la legislación antiterrorista en el marco de las protestas mapuches de tierras es contraproducente para la promoción de una solución pacífica a la cuestión mapuche”.
El relator advirtió al Gobierno de Chile que si persiste con una mala administración de los funcionarios y falta de recursos “existe un riesgo siempre presente de que las protestas se intensificarán con el nivel de trastorno generalizado del público”.
“La exclusión política y económica que aún vive el pueblo mapuche es una causa reconocida de la violencia extremista. La responsabilidad de abordar estas cuestiones recae sobre el Estado. Desde la restauración de la democracia en Chile, ningún gobierno de cualquiera de matiz político ha tratado este tema con la prioridad que merece”, agregó Emmerson.
Algunas declaraciones del sentir Mapuche se pueden escuchar en los siguientes videos: (Video) (Video). La prensa chilena describió algunos hechos que afectan a los niños de la comunidad en el sur del país, en Araucanía: (Video).
Deuda histórica
En el documento se informó que hasta el año 2010 los avances de repatriación administrada por la Corporación Nacional de Indígenas CONADI “fue lenta, arbitraria y visto como gran parte ineficaz por los mapuches".
Según Emmerson esto" se debió en parte a la mala administración por la CONADI, en combinación con la especulación del suelo por los miembros de la comunidad de colonos que tuvo el efecto de empujar hacia arriba el precio de compra por hectárea, y retrasando así el proceso de repatriación”.
Falta de Reconocimiento institucional
El relator de la ONU destacó su “especial preocupación por la falta de reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas, a pesar de las obligaciones internacionales de Chile”.
Riesgo de un conflicto agravado
La ONU teme que los problemas en la Araucanía y las áreas circundantes sean muy volátiles y “sean susceptibles de propagarse en un conflicto regional en toda regla a menos que se tomen medidas urgentes para hacer frente no sólo a las manifestaciones de la violencia, sino también sus causas profundas”.
En octubre de 2010 el Gobierno se comprometió a "abandonar todas las demandas judiciales por delitos terroristas y replantear tales acciones bajo las normas del derecho penal común”, citó Emmerson, pero advirtió que “la Oficina del Fiscal del Gobierno ha seguido aplicando la ley en estos casos mediante la invocación o usando las ventajas procesales que otorga a la etapa de investigación”.
En su informe se reclamó el hecho que el Estado haya usado la ley para juzgar a menores y niños, además del derecho limitado de la defensa para interrogar a los testigos anónimos
Casos judiciales citados
Cristián Alexis Ayupan Morales, José Antonio Ñirripil Pérez, Luis Humberto Marileo Cariqueo y Patricio Queipul Millano, fueron menores mapuches citados en el informe por ser enjuiciados por la ley antiterrorista. Además se citó el caso de Norín Catrimán siendo considerado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Las estadísticas oficiales de la Oficina del Ministerio Público indican que entre 2010 y 2011, 48 personas fueron acusadas en virtud de la Ley contra el Terrorismo, 32 de los cuales están relacionados con o pertenecen a las comunidades de los pueblos indígenas.
¿Qué es un delito terrorista según la ONU?
"Debe haber sido":
(a) cometidos contra miembros de la población general, o segmentos del mismo, con la intención de causar la muerte o lesiones corporales graves o la toma de rehenes;
(b) Comprometidos con el propósito de provocar un estado de terror, intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar o abstenerse de realizar algún acto;
(c) Corresponde a todos los elementos de un delito grave según lo definido por la ley.
http://www.lagranepoca.com/31223-onu-ley-antiterrorista-mapuches-chile-es-parte-del-problema-no-solucion
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